Andorra tiene su propio sistema de inmigración, independiente de la UE. Conocer las categorías de permisos, los plazos y los requisitos es clave para una relocalización o contratación exitosa.
Andorra no es miembro de la Unión Europea. Tiene su propio marco migratorio independiente gestionado por el Govern d'Andorra. Todos los extranjeros que deseen vivir y trabajar en Andorra deben obtener el permiso correspondiente.
Andorra opera con un sistema de cuotas — el número de nuevos permisos emitidos cada año es limitado. Esto hace que la solicitud anticipada sea especialmente importante para los ciudadanos no-UE.
Andorra no pertenece a la UE ni al Espacio Schengen. La ciudadanía europea no otorga derecho automático a trabajar o residir en Andorra.
Los nacionales de España, Francia y Portugal se benefician de acuerdos trilaterales con Andorra que simplifican la documentación y reducen los plazos.
Inmigración andorrana revisa cada solicitud individualmente. El número de permisos está limitado anualmente. Recomendamos iniciar el proceso lo antes posible.
Para extranjeros empleados por una empresa andorrana o entidad EOR. Es el permiso estándar de residencia y trabajo. Requiere visita médica y presencia en Andorra. Tramitación habitualmente 2–3 semanas para ciudadanos UE.
Para personas que desean residir en Andorra sin ejercer actividad profesional local. Requiere acreditar ingresos suficientes del extranjero y una presencia mínima de 90 días al año en Andorra. Los residentes pasivos no pueden trabajar en Andorra.
Para emprendedores y autónomos que desean establecer y ejercer una actividad profesional o comercial en Andorra. Requiere el registro de una actividad y la inscripción en la seguridad social CASS.
Los servicios de Empleador de Registro (EOR) en el Principado de Andorra están sujetos a restricciones legales específicas en virtud de la legislación laboral y de extranjería andorrana, en particular la Llei 31/2018 del Codi de relacions laborals, la Llei 5/2025 de 6 de marzo de 2025 (que introdujo importantes restricciones en materia de inmigración y colocación de trabajadores) y el Decret 335/2025 de 24 de septiembre de 2025 que regula las cuotas de autorización de residencia y trabajo. Nuestros clientes nos han informado además de una comunicación gubernamental emitida en octubre de 2025 que clarifica la aplicación de estas normas a los servicios EOR:
El EOR se limita a empleados que ya sean residentes legales en Andorra. Los servicios EOR solo pueden establecerse para personas que dispongan de una autorización de residencia y trabajo andorrana válida en el momento de la incorporación. Los extranjeros que aún no sean residentes deben completar el procedimiento de inmigración completo y obtener la residencia antes de ser incorporados bajo un esquema EOR. El sistema de cuotas de inmigración (Decret 335/2025) prioriza a los residentes legales y a los nacionales andorranos para nuevas autorizaciones de trabajo.
La cesión de trabajadores está reservada exclusivamente a las ETT habilitadas. En virtud del Codi de relacions laborals (Llei 31/2018, artículo sobre la definición del empresario), solo las Empreses de Treball Temporal (ETT) — empresas de trabajo temporal con licencia válida otorgada por las autoridades andorranas — están legalmente autorizadas para poner trabajadores a disposición de empresas clientes terceras. Cualquier acuerdo en el que una entidad que no sea una ETT coloque a un trabajador bajo la dirección efectiva de otra empresa constituye una cesión ilegal de trabajadores (cessió il·legal de treballadors) y está sujeto a sanciones conforme al derecho andorrano. Los proveedores EOR que no dispongan de licencia ETT no pueden ofrecer este tipo de servicio.
Los plazos varían según la nacionalidad, la documentación aportada y la carga de trabajo del servicio de inmigración. Las siguientes son estimaciones generales para una solicitud estándar de residencia y trabajo.
Los nacionales españoles, franceses y portugueses se benefician de una documentación simplificada en virtud de acuerdos bilaterales. Los ciudadanos UE son tramitados generalmente con mayor agilidad.
Se requiere un contrato de alquiler en Andorra como parte de la solicitud. Podemos asistirle en la búsqueda de vivienda a través de nuestra red.
Los trabajadores empleados en Andorra bajo un esquema EOR deben cumplir estrictamente los requisitos locales de permanencia. Es obligatorio un mínimo de 183 días al año de presencia física en Andorra. El incumplimiento de este requisito puede afectar a la validez del permiso de trabajo y residencia.
Cada situación es diferente. Contáctenos y evaluaremos su caso concreto para orientarle hacia la vía adecuada.
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